GPPAN CDMX A 20 DE JUNIO DE 2021

Claudia Peña Nieto
Excélsior
Dip. Federico Döring Casar

COMPARTIR

En la carrera electoral todo vale con tal de ganar. Ésa es la premisa bajo la cual el partido en el gobierno se ha manejado, sin importar si en el camino violenta la ley o la misma Constitución. En esa tesitura, Claudia Sheinbaum violó la ley electoral por extraterritorialidad, lo cual fue determinado por la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el pasado 17 de junio, cuando resolvió un medio impugnativo que interpuse en septiembre pasado en contra de la difusión ilegal de los spots de su segundo informe de gobierno.

El artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que la difusión del informe anual de labores de los servidores públicos no será considerada como propaganda, siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones: se limite una vez al año, en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público y que no exceda de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe. Asimismo, dispone que en ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral.

No obstante, los spots de Claudia Sheinbaum fueron transmitidos más allá de la Ciudad de México, y la ilegalidad cobra relevancia porque para esas fechas los estados de Coahuila e Hidalgo se encontraban en periodo de campañas, toda vez que tuvieron elecciones locales el 18 de octubre.

Por ello, no se trató de una infracción menor, sino de una flagrante violación a la Constitución que dispone que los servidores públicos tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Pero a Claudia Sheinbaum le ganó el ego y, al igual que Enrique Peña Nieto, con recursos públicos difundió su imagen a través de spots pretendiendo influir en una competencia electoral. Regalando dinero público a medios de comunicación que hoy también serán amonestados por la autoridad por prestarse al teatro televisivo de la regenta.

Con el pretexto de su informe, la jefa de Gobierno utilizó recursos públicos para promover su imagen y también para promover a su partido, y esa ilegal propaganda llegó a la mayoría de los electores de Hidalgo en plena campaña electoral. Así lo denuncié en tiempo y forma y la Sala Regional me ha dado la razón.

Reconozco la eficaz labor de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, así como de la Comisión de Quejas y denuncias del INE, que permitieron, en un primer momento, dictar las medidas cautelares para la suspensión de la difusión de los spots. Y, además, haber observado otra ilegalidad más en los spots de Sheinbaum: la participación de menores de edad, en contravención a los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia Político-electoral.

¿Qué sigue? Por un lado, el INE impondrá multas a más de veinte concesionarias de radio y televisión que ilegalmente transmitieron los spots; por otra parte, se debe iniciar procedimientos a distintos funcionarios del Gobierno de la ciudad, conforme al régimen de responsabilidades de servidores públicos, por lo que incluso podrían ser inhabilitados de sus cargos.

Con esta resolución, se ha dado muestra, una vez más, de la trascendencia de contar con autoridades electorales autónomas, profesionales e imparciales que hagan su trabajo sin presiones políticas, aunque esto no le guste al grupo en el poder y signifique ataques y amenazas al INE desde la comodidad de una conferencia mañanera.

Contáctanos

¡Queremos escucharte y trabajar en equipo!