GPPAN CDMX A 26 DE ABRIL DE 2020

Los pobres resultados de la mayoría
Excélsior
Dip. Federico Döring Casar

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  • El pasado 21 de abril la SCJN declaró la invalidez de la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México.

Esta primera Legislatura del Congreso de la Ciudad de México reiteradamente ha demostrado que está muy lejos de ser un instrumento eficaz para la resolución de los problemas de la capital. Lo anterior obedece a dos razones: la primera, a la evidente falta de pericia, de experiencia y de oficio político del grupo parlamentario mayoritario, el de Morena; y la segunda, a que seguimos lidiando con los graves errores legislativos que se heredaron de la ahora extinta Asamblea Legislativa. Los ejemplos flotan y saturan en el recinto de Donceles.

Por ejemplo, el pasado 21 de abril la SCJN declaró la invalidez de la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México, que fue aprobada por la Asamblea Legislativa en septiembre de 2017. La Corte concluyó que, conforme a lo dispuesto por la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, durante el proceso legislativo debió realizarse una consulta real, accesible y con participación efectiva de las personas con discapacidad y de las asociaciones que las representan, lo cual no ocurrió.

La falta no es un asunto menor. El problema es que muchos legisladores siguen sin comprender dos conceptos fundamentales del constitucionalismo contemporáneo: el Bloque de Constitucionalidad, que implica que los tratados de los que el Estado mexicano forma parte, son derecho positivo vigente, al mismo nivel que la propia Constitución, por lo que sus disposiciones son de observancia obligatoria; y el Parlamento Abierto, que implica que la función legislativa ya no es un asunto sólo de legisladores, sino de plena implicación y participación activa y permanente de la ciudadanía. Vergonzosamente, en lo que va de este año ésta es la tercera norma de la CDMX que es declarada inconstitucional por la Corte, pues en enero pasado corrieron la misma suerte la Ley del Sistema Anticorrupción local y la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Ciudad (ambas también aprobadas en septiembre de 2017 por la Asamblea Legislativa). En estos casos, la razón fue una grave violación al procedimiento legislativo y al derecho de las minorías parlamentarias, pues no se convocó debidamente a la sesión extraordinaria en la que se aprobaron los dictámenes, se dispensó la distribución de los dictámenes sin que hubiera una justificación para hacerlo y se publicó el artículo Sexto Transitorio con un texto distinto al que fue aprobado por el pleno.

Que nadie se confunda y no intente encontrar el autoconsuelo donde no lo hay. Si bien que la Suprema Corte declare la inconstitucionalidad de leyes es una de sus atribuciones más importantes para el control de la regularidad constitucional de las normas en el sistema jurídico mexicano, también es una forma de desnudar el mal trabajo que se hace en los órganos parlamentarios. La explicación radica en el mediocre trabajo que está haciendo la mayoría de Morena en el Congreso de la Ciudad de México. No deja lugar a dudas que pronto veremos más leyes capitalinas declaradas inconstitucionales por la Corte, algunas de ellas, incluso, por los mismos motivos que los antes expuestos: por falta de consultas ciudadanas y por violaciones al procedimiento legislativo o, simple y sencillamente, como en cada sesión queda expuesto, por la ignorancia grupal de la mayoría que, en la incapacidad legislativa, termina siempre atrincherada en su discurso electoral que, por cierto, conforme se acerca el 2021, se les va haciendo más chico y viejo.

La ecuación que explica su resultado es sencilla: quien no conoce su historia, está condenado a repetirla.

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